Las malas artes de YPF, en el Justicia

Las malas artes de YPF, en el Justicia

El manual fue presentado a la Justicia Federal en el marco del amparo ambiental impulado por varias organizaciones. Cuestionan que una empresa pública proponga confundir el debate y «ridiculizar» a quienes cuestionan. El juez a cargo de la causa pidió a YPF precisiones sobre ese “manual”.

«Estrategias de manipulación y ocultación de información», «hechos de extrema gravedad», «una profunda, voraz y desprejuiciada campaña de manipulación de la información pública». Así calificaron los abogados Rafael Colombo, Enrique Viale y Gonzalo Vergez el ya casi famoso manual de YPF sobre «Exploración offshore con licencia social», elaborado por la consultora de Sergio Melzner, quien fue contratado por l’empresa petrolera. El manual, destinado a una capacitación interna de YPF, conoció porque una persona que partió de la capacitación sambré ante lo que estaba presenciando y lo filtró a XR, organization que nuclea a personas que desde la ciencia decidieron actuar contra el clima climatic.

El manual comienza reconociendo que el plan offshore carece de licencia social. Y presenta un plan de comunicación que apunta a tres ejes: debilitar el rechazo, construir aprobación y redirigir el reclamo. Todo ello con malas artes –como lo definimos en la nota anterior– descriptas en el manual con impronta maquiavélica: no importan los medios (que incluyen evidencias insólitas de “terrorismo ambiental” ou la instalación de un falso discurso nacionalista) si el fin está justificado.

Ahora ese manual formaba parte de la causa iniciada por nuevas organizaciones ecologistas que impulsaron un amparo ambiental contra YPF en la Justicia Federal marplatense. La causa lleva el número FMP 000105/2022, y está caratulada: «Greenpeace Argentina y otros contra el Estado nacional de la República Argentina y otros s/amparo ambiental». Actualmente se encuentra en la Cámara Federal de Apelaciones, Secretaría Civil, de la ciudad de Mar del Plata. Los abogados Colombo, Viale y Vergez entienden que el manual –como síntesis de la decisión institucional de YPF de interventor de manera maliciosa en la discusión pública– constituye un hecho “de extrema gravedad” y debe ser incluido en la causa dada su “gravedad institucional ”.

Advierten además, que se convierte en algo que, al «desinformar (o mal informar) y ridiculizar los reclamos» pone en peligro a quienes actúan como «defensores ambientales, y la ciudadanía en general, al generar maniobras que los dejan en situación de vulnerabilidad” sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales para América Latina y el Caribe, conocido como Acuerdo de Escazú y ratificado por la Ley 27.566.

PERFIL dialogó con Rafael Colombo, uno de los letrados que auspiciaron la presentación judicial.

—Ustedes presentaron el «manual» de YPF en el marco del amparo ambiental contra la empresa, escuchado qu’implica un «hecho de extrema gravedad». ¿Por qué lo califican de ese modo?

—La seriedad institucional se configura a partir de la filtración de un documento de YPF donde se quieren los servicios de una consultora especializada en comunicación para montar una campaña orientada a manipular maliciosamente la opinión pública y demonizar organizaciones socioambientales, en el contexto de la Ejecución de proyectos extractivos que pretende expandir la frontera de hidrocarburos en el mar. fondos públicos para contratar los servicios de una consultora privada, con la propuesta deliberada para favorecer a los interesados ​​en no solo YPF sino también de las corporaciones petroleras extranjeras a quienes se les ha entregado el mar Argentino para transformarlo en un territorio de sacrificio al servicio de la transicion energetica del norte global.

—¿En qué estado se encuentra el amparo y en qué medida puede incidir en ella el “manual” destinado a manipular la opinión pública?

—La causa está hoy en dos frentes jurisdiccionales. Con respecto a la medida cautelar que planta la suspensión de la sísmica exploración del proyecto impulsado por Equinor en asociación con YPF y Shell, existen dos recursos pendientes de resolución, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde exigimos el mantenimiento de la cautelar , que nuestra fue otorgada favorablemente en tres ocasiones, tanto en primera como en segunda instancia. Ante la presentación de que aquí respetamos la filtración del documento, el juez Santiago Martín requirió a YPF que indique con claridad si fue elaborado por la empresa, si se encuentra anexado a algún expediente administrativo lo lo que este pertinente”. El juez funda su resolución en la legislación sobre acceso a la información pública ambiental qu’refimos en el escrito y advierte también sur la posible vulneración del artículo 9 del Acuerdo de Escazú, por encontrarse compromete los derechos humanos de fensores/as ambientales, afirmando que debe tenerse presenta el escrito que presentamos donde expusimos la filtración «para el momento del dictado de la sentencia definitiva».

* Licenciado en Filosofía y Periodista. Integra la cooperativa periodística y cultural El Miércoles, de Entre Ríos.

Por Claudia Morales