El fiscal Sandro Abraldes, a cargo de la Fiscalía N° 29 considerado, ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional, que corresponde a ordenar la «inhabilitación provisoria» para el ejercicio de la medicina y el «comercio en el ámbito estético y cosmético» del cirujano Aníbal Lotocki. Esto se da luego de ser acusado de provocar «lesiones graves» a cuatro pacientes, entre ellos el modelo Silvina Luna ese internado permanente desde el 13 de junio pasado.
De acuerdo a las fuentesjudiciaires, el dictamen fiscal fue presentado la semana pasada se había requerido porque la opinión de las partes al respecto de la inhabilitación de Lotocki.
El médico cirujano fue condenado en febrero de 2022 por el Tribunal Oral y Correccional 28 de la Ciudad de Buenos Aires a cuatro años de prisión y cinco de inhabilitación para ejercer la medicina por las «lesiones graves» que les afecta a sus pacientes Silvina Luna, Gabriela Trenchi, Stefania Xipolitakis y Pamela Sosa.
Como fue la causa contra Lotocki
La justicia determinó que Lotocki causó lesiones en el cuerpo de las mujeres con el uso de un relleno que contenía microesferas de polimetil metacrilato (PMMA), en lugares del cuerpo en los que está prohibido su uso y en cantidades superiores a las sugeridas por la comunidad científica.
En febrero de 2022, el juez Carlos Rengel Mirat, cuando se pronunció la sentencia, no se expidió sobre la cautelar «que alcanzó la inhabilitación del acusado para el ejercicio del comercio en el ámbito estético y cosmético», indicó el Ministerio Público Fiscal (MPF) mediante un comunicado.
Quién es el polémico Dr. Lotocki, condenado a 4 años de prisión
Ante esta situación se presentaron recursos de la fiscalía, de la defensa y de la quarrel qu’representa a Sosa, quien cuestionó que»no se lo condenó a Lotocki por el delito de estafa», y reiteró el pedido de que el médico «no ejerza la medicina mientras Casación define if confirma la pena».
Este recurso interpuesto por Sosa «impugnó la decisión adoptada por el tribunal anterior» que denegó la petición de que se impuso a Lotocki «la medida cautelar consiste en la inhabilitación para continuar ejerciendo la medicina, hasta tanto la sentencia condenatoria -eventualmente- adquiera firmza» , explicaron en su fallo los magistrados Mario Magariños, Alberto Huarte Petite y Pablo Jantus, integrantes de la Sala 3 de Casación.
Por su parte, la fiscalía postuló su opinión y dijo que la medida cautelar «resulta procedente y merece ser decretada en forma inmediata por los Señores Jueces de la Cámara, en atención al peligro latente que se cierne sobre la salud de aquellos que hasta el día de hoy se someten a las intervenciones del médico Lotocki ».
“Cabe poner de relieve que la salud pública como valor comunitario es inmanente a la sociedad, y que el Ministerio Público tiene el deber de promover la defensa de los intereses de la sociedad”, sostuvo la fiscalía.
El fiscal podrá, además, que es una medida «en aras de neutralizar el riesgo potencial que será del ejercicio de la medicina, en general, y de la cirugía estética, en particular».
Por último, marcó que la medida solicitada «no es para asegurar las multas de este proceso penal ni adelantar el cumplimiento de la pena impuesta, sino evitar que los pacientes actuales del acusado se vean sorprendidos en su buena fe mientras que las distintas instancias judiciales se abocan al tratamiento de la resolución definitiva del asunto”.
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